Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final cuarta
En vigor desde 1 may 2012
La presente ley entrará en vigor a los veinte días naturales de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2012/03/28/2#disposicion-final-cuarta