Art. Disposición final cuarta
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final cuarta

135 / 135
En vigor desde 1 may 2012
La presente ley entrará en vigor a los veinte días naturales de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2012/03/28/2#disposicion-final-cuarta