Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 89

En vigor desde 1 may 2012
Son circunstancias atenuantes las siguientes: a) La reparación de los perjuicios producidos al consumidor y que originaron la incoación del procedimiento sancionador. b) El acuerdo de reparación con el consumidor. c) El sometimiento de los hechos al arbitraje de consumo o a cualquier otro institucional. d) La simple inobservancia de las normas por error o ignorancia.
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eli/es-ga/l/2012/03/28/2#art-89

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