Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 10
En vigor desde 1 may 2012
1. Además de los derechos reconocidos a los consumidores en la Constitución española y en las normas internacionales, comunitarias y estatales, los consumidores serán titulares de los derechos que se reconozcan en la presente ley.
2. En caso de diferencia de interpretación sobre la aplicación de las normas que, directa o indirectamente, afecten a los derechos de los consumidores, se aplicará la más favorable a los intereses de los consumidores.
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Proeli/es-ga/l/2012/03/28/2#art-10