Título TÍTULO IV
Art. Disposición final trigésima octava
En vigor desde 6 mar 2011
Se añade una letra e) al apartado 7 del artículo 18 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que queda redactada de la siguiente forma:
«e) Los plazos en los que deberán presentarse las solicitudes de devolución de los impuestos especiales de fabricación.»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2011/03/04/2#disposicion-final-trigesima-octava