Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 40

En vigor desde 22 abr 2010
La Administración de la Comunidad de Castilla y León llevará a cabo un proceso de eliminación y reducción de las cargas administrativas en aquellas áreas prioritarias que se determinen por razón de las obligaciones de información que generen un mayor coste, mediante las siguientes actuaciones: a) Reduciendo la frecuencia de las declaraciones obligatorias a los niveles mínimos necesarios para alcanzar los objetivos fundamentales del acto de que se trate y, de ser posible, armonizando la frecuencia de las declaraciones que se exigen en diferentes procedimientos administrativos relacionados entre sí. b) Eliminando reiteraciones, verificando que la misma obligación de información no se impone varias veces por canales diferentes y suprimiendo los casos de solapamiento. c) Automatizando la recogida de información, a través de sistemas de declaración electrónica. d) Adecuando los requisitos de información, reduciendo en la medida de lo posible las exigencias impuestas. e) Priorizando la exigencia de información a aquellos ciudadanos que realizan actividades de más riesgo. f) Actualizando la imposición de obligaciones, mediante la supresión de los requisitos de información impuestos en relación con exigencias fundamentales que hayan desaparecido o hayan sido modificadas. g) Facilitando el acceso a la información respecto de aquellos trámites administrativos que pudieran ralentizar el desarrollo económico.
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eli/es-cl/l/2010/03/11/2#art-40

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