Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IX
Art. 34
En vigor desde 22 abr 2010
1. Todos las autoridades y empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León están obligados a colaborar con el Procurador del Común contestando adecuadamente a sus peticiones de información y a sus resoluciones, en los términos establecidos en su legislación reguladora.
2. El incumplimiento de esa obligación dará lugar a las responsabilidades previstas, disciplinarias o penales, que correspondan.
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Proeli/es-cl/l/2010/03/11/2#art-34