Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 16

En vigor desde 22 abr 2010
En los términos establecidos en la legislación básica estatal, los ciudadanos tienen derecho a un tratamiento imparcial y objetivo de sus asuntos por parte de la Administración autonómica, de acuerdo con el correspondiente procedimiento administrativo.
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eli/es-cl/l/2010/03/11/2#art-16

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