Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección cuarta. Régimen de funcionamiento del Consejo
Art. 13
En vigor desde 10 mar 2009
1. La organización y el funcionamiento del Consejo de Garantías Estatutarias se rigen por su propio reglamento, cuya aprobación corresponde al Consejo, en ejercicio de la autonomía de la que goza.
2. El reglamento de organización y funcionamiento del Consejo de Garantías Estatutarias debe determinar a qué órganos del Consejo corresponde adoptar los acuerdos y resoluciones que la legislación de función pública atribuye a los órganos de la Administración de la Generalidad.
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Proeli/es-ct/l/2009/02/12/2#art-13