Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 7
En vigor desde 10 jul 2007
1. Las normas que, en aplicación de esta Ley, aprueben planes y programas podrán establecer, además de prescripciones directas, directrices y recomendaciones.
2. A los efectos de esta Ley, las directrices son determinaciones vinculantes en cuanto a los fines a alcanzar, siendo potestativa la elección de los medios y las recomendaciones son determinaciones de carácter indicativo.
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Proeli/es-an/l/2007/03/27/2#art-7