Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección tercera. Competencia y procedimiento
Art. 242
En vigor desde 20 sept 2006
Se iniciarán simultáneamente los procedimientos de protección de la legalidad urbanística, incluidos los de legalización y de restauración de la realidad física alterada, y los de sanción de la infracción cometida que proceda incoar por unos mismos hechos.
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Proeli/es-pv/l/2006/06/30/2#art-242