Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 3
En vigor desde 3 jun 2005
La actuación de la consellería competente en materia de agricultura y alimentación, deberá tender a:
a) Favorecer el incremento de la calidad y de la competitividad del sector vitivinícola regional y especialmente de la renta agraria vitícola.
b) Impulsar la modernización de las explotaciones instalaciones y servicios al objeto de garantizar una presencia e imagen comercial en el entorno de la calidad.
c) Definir los niveles de calidad de los vinos, sus condiciones y características
d) Promocionar y proteger los modelos vitivinícolas y fomentar su presencia en los mercados nacional e internacional.
e) Defender el potencial vitícola de la Comunidad Valenciana, mediante el mantenimiento de la superficie dedicada a viñedo, en un marco de desarrollo sostenible, equilibrio territorial y cohesión social.
f) Promover e incentivar el asociacionismo en el sector vitivinícola, en toda la cadena de sus procesos económicos, desde el productor al consumidor.
g) Colaborar con las organizaciones sectoriales en acciones de formación y capacitación profesional de los viticultores.
h) Promover la vertebración del sector fomentando la creación de estructuras intersectoriales.
i) Financiar campañas de promoción, difusión e información relativas al consumo del vino y a la protección de las viñas.
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Proeli/es-vc/l/2005/05/27/2#art-3