Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 5
En vigor desde 2 jun 2004
Para el cumplimiento de los fines propios y el desarrollo de las funciones que se le asignan, el Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo tendrá las competencias que reglamentariamente se le atribuyan.
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Proeli/es-vc/l/2004/05/28/2#art-5