Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 23
DerogadoEn vigor desde 2 jul 2002
1. Los procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos y actividades serán de dos tipos:
a) Ordinario.
b) Abreviado.
2. Se tramitará por el procedimiento ordinario la Evaluación de Impacto Ambiental de los proyectos y actividades enumerados en el Anexo Segundo de esta Ley, y por el procedimiento abreviado la de los proyectos y actividades enumerados en el Anexo Tercero de esta Ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/2002/06/19/2#art-23