Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª Elaboración y aprobación de los Planes Generales de Ordenación Urbana
Art. 70
En vigor desde 4 sept 2001
Los Planes Generales de Ordenación Urbana que comprendan el término de varios municipios serán formulados de común acuerdo y recibirán la aprobación de los respectivos Ayuntamientos Plenos. Los trámites de información pública se anunciarán asimismo en todos los Ayuntamientos implicados.
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Proeli/es-cb/l/2001/06/25/2#art-70