Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 11
En vigor desde 29 ago 1999
Cuando el edificio fuera objeto de una oferta al público, los interesados en su adquisición tendrán derecho a que se les informe sobre la programación de la obra, en cuanto a ritmo de ejecución y plazo de terminación, según el plan de trabajos que, en su caso, estuviese establecido.
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Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/1999/03/17/2#art-11