Art. 2
En vigor desde 1 ago 1995
Corresponde a la Gerencia:
a) La organización, gestión, desarrollo, control y coordinación de centros, establecimientos, prestaciones y programas de Servicios Sociales, según se establece en el artículo 32 de la Ley 18/1988, de Acción Social y Servicios Sociales, que le sean encomendados por la Junta de Castilla y León.
b) El desarrollo de las actividades, actuaciones y programas que establecidas en los Planes Regionales de Servicios Sociales, le encomiende la Junta de Castilla y León.
c) Cualquier otra que le pudiera ser encomendada por la Junta de Castilla y León y la Consejería de Sanidad y Bienestar Social en materia de servicios sociales.
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Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/1995/04/06/2#art-2