Art. 1
En vigor desde 1 ene 2004
Se crea la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León como organismo autónomo de carácter administrativo, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, al que corresponde la ejecución de las competencias de administración y gestión de los centros, servicios y programas sociales que le encomiende la Junta de Castilla y León.
La Gerencia de Servicios Sociales está adscrita a la Consejería competente en materia de servicios sociales.
Se modifica el segundo párrafo por el art. 44 de la Ley 13/2003, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2004-806
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/1995/04/06/2#art-1