Título TÍTULO I
Art. 4
En vigor desde 3 feb 1995
Las instituciones competentes para la ejecución de lo dispuesto en la presente Ley, prestarán especial atención al fomento de la actividad y educación deportiva entre los niños, las mujeres, los jóvenes, las personas con minusvalías y las personas de la tercera edad.
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Proeli/es-as/l/1994/12/29/2#art-4