Título TÍTULO V

Art. Disposición adicional decimotercera

En vigor desde 26 feb 1993
Conforme a lo que disponga con carácter general la normativa básica en la materia, se permitirá el ingreso en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, mediante concurso de méritos, a personalidades de reconocido prestigio en sus respectivos campos profesionales.
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