Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 19 feb 1987
En tanto no se constituya el Tribunal Superior de Justicia, todas las referencias al mismo contenidas en esta Ley se entenderán hechas a la Audiencia Territorial de Zaragoza.
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eli/es-ar/l/1987/02/16/2#disposicion-transitoria-primera

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