Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 24
En vigor desde 1 ene 2022
Sin perjuicio de las particularidades previstas en la presente Ley, será de aplicación lo previsto en el artículo 129 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
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Proeli/es/l/2021/12/20/19#art-24