Art. Disposición transitoria cuarta
En vigor desde 17 jul 2018
Tras la publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» de la presente ley, se informará a las entidades locales y diputaciones de la Comunitat Valenciana de la aprobación de la misma y de la existencia del Punto de Aceleración a la Inversión, así como de la posibilidad de suscribir con la Generalitat el oportuno instrumento de colaboración.
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