Título TÍTULO I
Art. 8
En vigor desde 1 jul 2020
La renta valenciana de inclusión se constituye en las siguientes modalidades de prestaciones económicas y/o prestación profesional de inclusión social, en función de la situación de vulnerabilidad económica, social o laboral de la persona y su unidad de convivencia:
1. Renta complementaria de ingresos, que comprende las siguientes modalidades:
a) Renta complementaria de ingresos del trabajo.
b) Renta complementaria de ingresos por prestaciones.
2. Renta de garantía, que comprende las siguientes modalidades:
a) Renta de garantía de ingresos mínimos.
b) Renta de garantía de inclusión social.
Se modifica y renumera por el del Decreto-ley 7/2020, de 26 de junio. Ref. BOE-A-2020-9590 Su anterior numeración era .
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2017/12/20/19#art-8