Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO I

Art. 68

En vigor desde 30 jun 2015
Los procedimientos de participación y colaboración ciudadanas son los establecidos, con carácter general, por la legislación de régimen jurídico y procedimiento administrativo, por la legislación de régimen local y por la normativa sobre participación ciudadana, sin perjuicio de los que puedan establecerse por ley, con carácter específico, con relación a una determinada actuación o decisión política.
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eli/es-ct/l/2014/12/29/19#art-68

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