Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª El Consorcio de la Zona Especial Canaria
Art. 32
En vigor desde 25 jun 2000
Se crea, adscrito al Ministerio de Hacienda, con la denominación de Consorcio de la Zona Especial Canaria, un organismo público con personalidad jurídica y patrimonio propios y plena capacidad pública y privada, que se regirá por lo dispuesto en la presente Ley y las disposiciones que la desarrollen, conforme con lo establecido en la disposición adicional décima de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
Se modifica por el .2 del Real Decreto-Ley 2/2000, de 23 de junio. Ref. BOE-A-2000-11832 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1994/07/06/19#art-32