Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª El Consorcio de la Zona Especial Canaria
Art. 32
41 / 119En vigor desde 25 jun 2000
Se crea, adscrito al Ministerio de Hacienda, con la denominación de Consorcio de la Zona Especial Canaria, un organismo público con personalidad jurídica y patrimonio propios y plena capacidad pública y privada, que se regirá por lo dispuesto en la presente Ley y las disposiciones que la desarrollen, conforme con lo establecido en la disposición adicional décima de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
Se modifica por el .2 del Real Decreto-Ley 2/2000, de 23 de junio. Ref. BOE-A-2000-11832 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1994/07/06/19#art-32