Capítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 2.ª Capital riesgo

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 19 oct 2022
Los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de los apartados catorce, quince y dieciséis del artículo 6 y del artículo 7 continuarán rigiéndose por la normativa anterior.
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eli/es/l/2022/09/28/18#disposicion-transitoria-primera

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