Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 56
En vigor desde 12 ene 2019
La potestad sancionadora se ejercerá de conformidad con lo que disponen la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, su normativa de desarrollo y la normativa adoptada por la Comunidad Autónoma de Aragón en el ámbito de sus competencias.
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Proeli/es-ar/l/2018/12/20/18#art-56