Título TÍTULO IV

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 5 ago 2018
El órgano competente en materia de responsabilidad social instará, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, al órgano competente en materia de formación en el ámbito de la administración de la Generalitat para que, en su plan de formación, incluya cursos en materia de responsabilidad social y contratación pública socialmente responsable, a fin de concienciar y formar a su personal empleado público en esta materia.
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eli/es-vc/l/2018/07/13/18#disposicion-adicional-primera

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