Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 3.ª Impuesto sobre vertidos a las aguas litorales
Art. 39
En vigor desde 1 ene 2004
Se crea el impuesto sobre vertidos a las aguas litorales.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/2003/12/29/18#art-39