Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 33

En vigor desde 4 feb 2024
1. El valor de la convivencia comporta educar para la democracia y en el respeto de lo público, con especial sensibilidad hacia la conservación del planeta a través de la sensibilización y el conocimiento. 2. La convivencia, la coeducación y la interculturalidad son, por tanto, bases fundamentales del modelo vasco de enseñanza. A tal efecto, el Sistema Educativo Vasco persigue: a) Estimular la convivencia positiva por medio del desarrollo de competencias transversales que fomenten la autonomía del alumnado, a través del desarrollo del saber y de sus aplicaciones, la autogestión efectiva, el fomento de la autoestima y de la educación emocional, la creatividad, el trabajo en equipo, la contribución a la toma de decisiones, así como la comunicación y escucha efectivas, la empatía y la gestión de conflictos por sistemas alternativos, como la mediación y la resolución de conflictos en términos de responsabilidad, y aplicando, cuando ello sea posible, mecanismos de diálogo restaurativo, sin perjuicio de la aplicación, si procede, de medidas correctoras. b) Abogar, particularmente, por la educación intercultural y el respeto de quienes tienen creencias religiosas diversas, alejando estereotipos ajenos o propios, y fomentado una efectiva capacidad de inclusión como paradigma de una convivencia positiva. La orientación del Sistema Educativo Vasco hacia la diversidad implicará una atención singular a la persona y a lo que el alumnado precise en cada momento. c) Garantizar una educación orientada a la equidad e igualdad de mujeres y hombres, así como en lo que afecta a la orientación sexual, impidiendo la aparición de conductas o actitudes discriminatorias y facilitando que cada persona, conforme vaya avanzando en el desarrollo personal y en las diferentes etapas del sistema educativo, construya su propia identidad, particularmente en lo que respecta a su dimensión afectivo-sexual, abogando para ello por una educación afectiva y sexual en igualdad, con el crecimiento personal y el desarrollo de una actitud positiva y responsable hacia la sexualidad como objetivos. 3. La promoción de la convivencia es responsabilidad de la comunidad educativa en su conjunto, y está directamente relacionada con las competencias básicas que debe desarrollar el alumnado, especialmente con el desarrollo de competencias personales, tales como la autonomía, la autogestión eficiente, el autocontrol emocional y la toma de decisiones, así como de su capacidad social, comunicación, empatía y gestión positiva de conflictos. 4. La coeducación se configura como un eje fundamental del sistema educativo para el desarrollo integral del alumnado. La coeducación se desarrollará, en lo que afecta a sus singularidades, su extensión y su adecuación, en cada proyecto educativo. 5. Atendiendo a la diversidad de creencias de la sociedad vasca actual, los centros educativos vascos financiados con fondos públicos garantizarán la convivencia, sin perjuicio de su carácter propio, y con respeto, en todo caso, de las diferentes creencias religiosas, contribuyendo al conocimiento básico de las diferentes manifestaciones religiosas, con interdicción de cualquier tipo de adoctrinamiento. 6. A través de los consejos educativos municipales, se fomentarán en los centros modelos de convivencia que tiendan a imbricar la escuela en el tejido social, abriendo asimismo tales espacios educativos a la interacción constante con la sociedad. 7. La educación basada en la inclusión ha de asegurar que el alumnado proveniente de fuera de la Comunidad Autónoma se incorpore plenamente al sistema educativo, facilitando su acceso, permanencia y progreso en el aprendizaje.
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eli/es-pv/l/2023/12/21/17#art-33

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