Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición transitoria décima

En vigor desde 4 ene 2018
Ante el cambio normativo previsto en materia de jubilación de los miembros de los cuerpos de Policía Local, y dada la necesidad de tener nuevos agentes preparados para ser incorporados a las plantillas durante el proceso de transición de esta situación nueva, el órgano autonómico competente en materia de seguridad, previa petición de las entidades locales, encargará al Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias (Ivaspe) la realización de los procesos selectivos completos necesarios para poder ofrecer en los municipios valencianos la cobertura inmediata de las plazas de agentes que queden vacantes por motivo de jubilación a los sesenta años, en la forma que reglamentariamente se establezca. Las entidades locales que se acojan a este sistema, deberán incluir las vacantes en las ofertas de empleo público correspondientes al ejercicio en que se realice la petición.
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eli/es-vc/l/2017/12/13/17#disposicion-transitoria-decima

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