Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición transitoria cuarta
En vigor desde 4 ene 2018
En tanto no se lleve a cabo el desarrollo reglamentario de las disposiciones previstas en esta ley continuarán en vigor los preceptos dictados en desarrollo de la Ley 6/1999, de 19 de abril, de policías locales y de coordinación de las policías locales de la Comunitat Valenciana, siempre y cuando no se opongan a lo establecido en esta ley.
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Proeli/es-vc/l/2017/12/13/17#disposicion-transitoria-cuarta