Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 91
En vigor desde 4 ene 2018
El régimen disciplinario del personal funcionario de los cuerpos de Policía Local se ajustará a lo establecido en la Ley orgánica 2/1986, de 13 de marzo de fuerzas y cuerpos de seguridad y en la Ley orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, a lo establecido en esta ley, y a lo dispuesto en las normas que las desarrollen.
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Proeli/es-vc/l/2017/12/13/17#art-91