Título TÍTULO V
Art. 71
En vigor desde 4 ene 2018
La formación de las personas miembros de los cuerpos de Policía Local se estructura en:
a) Formación básica.
b) Formación permanente.
c) Altos estudios profesionales.
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Proeli/es-vc/l/2017/12/13/17#art-71