Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Aspectos generales
Art. 49
En vigor desde 25 ene 2008
1. Se garantiza la gratuidad de los libros de texto en la enseñanza obligatoria en los centros docentes sostenidos con fondos públicos.
2. La Administración educativa regulará las condiciones para poner a disposición de los centros y del alumnado los mencionados materiales.
3. La Administración educativa adecuará el principio de gratuidad a la disponibilidad de nuevos soportes del conocimiento en la sociedad de la información.
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Proeli/es-an/l/2007/12/10/17#art-49