Capítulo CAPÍTULO II

Art. 6

En vigor desde 25 dic 2002
La ordenación, sistematización y coordinación de las actuaciones de los poderes públicos de Castilla y León en materia de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica se realizará a través de la aprobación por la Junta de Castilla y León de las sucesivas Estrategias Regionales de Investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica (Estrategias Regionales de I + D + I). La Estrategia Regional de I + D + I contendrá, de conformidad con los objetivos sociales, económicos y culturales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, las previsiones, ordenadas por programas, de las actuaciones que se proyectan realizar por los poderes públicos de la Comunidad en materia de I + D + I, con sujeción a las disposiciones de la presente Ley y de sus normas de desarrollo, durante su periodo de vigencia. Se prestará especial atención a que las actuaciones diseñadas contengan las estrategias que integren las necesidades del tejido productivo regional, con especial atención a las pequeñas y medianas empresas, así como las derivadas de objetivos de cohesión social y territorial. Asimismo la Estrategia Regional de I + D + I prestará atención a que los programas diseñados contengan actuaciones destinadas a fomentar la cooperación con otras Comunidades Autónomas y a nivel internacional en materia de ciencia y tecnología.
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eli/es-cl/l/2002/12/19/17#art-6

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