Capítulo CAPÍTULO I

Art. 4

En vigor desde 20 sept 2014
La Comisión de Secretarios Generales, como órgano de coordinación interdepartamental para la planificación y coordinación en materia de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica, desempeñará las siguientes funciones, a propuesta de la consejería competente por razón de la materia: a) Velar por el cumplimiento de los objetivos y prioridades fundamentales de la política de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. b) Coordinar las actividades de las distintas consejerías en la materia. c) Evaluar e identificar las necesidades científicas y tecnológicas de Castilla y León y realizar la planificación y coordinación adecuadas, así como proponer las actuaciones económicas y presupuestarias que permitan atenderlas. d) Fomentar la coordinación, interrelación y sinergia de los organismos, Universidades e instituciones públicas y privadas de investigación y desarrollo y las empresas, de cara a conseguir un mayor aprovechamiento de los resultados de la investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica. e) Debatir la Estrategia Regional de I+D+I para que sea elevada a la Junta de Castilla y León para su aprobación. f) Proponer al consejero competente por razón de la materia que someta a la Junta de Castilla y León la adopción de medidas necesarias para lograr el adecuado cumplimiento de sus fines. g) Cuantas otras se le atribuyan legal o reglamentariamente. Se modifica por el .2 de la Ley 5/2014, de 11 de septiembre. Ref. BOE-A-2014-9959

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eli/es-cl/l/2002/12/19/17#art-4

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