Art. 1

En vigor desde 6 nov 2001
1. El objeto de la presente Ley es establecer las medidas precisas para agilizar el proyecto y la construcción de la Plataforma Logística de Zaragoza promovida por el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza, así como regular su promoción, explotación y conservación. 2. El ámbito de la Plataforma Logística de Zaragoza queda delimitado conforme al anexo I de la presente Ley, sin perjuicio de lo establecido en el apartado siguiente y en el artículo 4 de esta Ley. 3. El Proyecto Supramunicipal de la Plataforma Logística de Zaragoza podrá afectar, además de a los terrenos incluidos en la delimitación establecida conforme al apartado precedente, a los terrenos necesarios para lograr su conexión a las infraestructuras de transportes y comunicaciones y para dotarla de servicios urbanísticos adecuados.
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eli/es-ar/l/2001/10/29/17#art-1

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