Título TÍTULO V

Art. 34

En vigor desde 29 sept 2018
Constituye infracción leve el incumplimiento de cualquier obligación o prohibición prevista en esta ley, salvo que sea calificada, de acuerdo con los dos artículos siguientes, de mayor gravedad.
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eli/es-vc/l/2018/06/28/16#art-34

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