Título TÍTULO III
Art. 27
En vigor desde 16 dic 2016
Son responsables de las infracciones, incluso a título de simple inobservancia, los cargos públicos y el personal al servicio de las entidades previstas en el artículo 2 anterior que lleven a cabo acciones o que incurran en las omisiones tipificadas en esta ley.
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Proeli/es-ib/l/2016/12/09/16#art-27