Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 12 ene 2011
El Comité Regional de Coordinación de Actuaciones en Zonas de Atención Especial previsto en el artículo 11 se constituirá en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta ley.
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eli/es-ex/l/2010/12/21/16#disposicion-adicional-primera

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