Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 61

En vigor desde 1 ene 2011
El régimen patrimonial de las entidades públicas instrumentales será el determinado por la Ley de patrimonio de la Comunidad Autónoma y demás normativa que le sea de aplicación.
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eli/es-ga/l/2010/12/17/16#art-61

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