Título TÍTULO V
Art. Disposición final octava
En vigor desde 4 dic 2009
Se añade un segundo párrafo en el apartado 2 del artículo decimosexto del Real Decreto-ley 5/2005, de 11 de marzo, de reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública, en los siguientes términos:
«En caso de concurso, en tanto se mantenga vigente el acuerdo de compensación contractual, será de aplicación lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 61.2 de la Ley Concursal. Si el acuerdo fuese resuelto con posterioridad a la declaración de concurso, será de aplicación lo establecido en el artículo 62.4 de la Ley Concursal.»
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Proeli/es/l/2009/11/13/16#disposicion-final-octava