Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Planificación y Formación de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud
Art. 36
En vigor desde 30 may 2003
La Comisión de Recursos Humanos, atendiendo a las necesidades de la población, trasladará al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y al Consejo de Coordinación Universitaria criterios para la adaptación de los planes de estudios conducentes a la obtención de los distintos títulos universitarios del ámbito de las ciencias de la salud, que conjuguen la adquisición simultánea de conocimientos, habilidades y actitudes y favorezca el trabajo en equipo multiprofesional y multidisciplinar.
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Proeli/es/l/2003/05/28/16#art-36