Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 19 may 1999
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», debiéndose publicar en el «Boletín Oficial del Estado».
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Proeli/es-md/l/1999/04/29/16#disposicion-final-tercera