Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 18
En vigor desde 15 jul 2012
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.1 de la Ley 2/2012, de 12 de junio. Ref. BOE-A-2012-12814 . Se modifica por el .1 de la Ley 8/2009, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-4181#a4 . Se modifica por el .8 de la Ley 1/2008, de 26 de junio. Ref. BOE-A-2008-15147 . Se añade el apartado 4 por el de la Ley 4/2006, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2007-9769#a4 .
Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/1999/04/29/16#art-18