Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 19
En vigor desde 14 jul 2022
1. Los poderes públicos, en el ámbito de sus respectivas competencias, velarán por la supresión de estereotipos y promoverán la ausencia de cualquier forma de discriminación en la administración de justicia por razón de las causas previstas en esta ley.
2. Las administraciones públicas favorecerán la información y accesibilidad a la justicia de los grupos especialmente vulnerables según las causas establecidas en esta ley.
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Proeli/es/l/2022/07/12/15#art-19