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Art. 99

En vigor desde 8 jul 2018
La adopción de medidas provisionales se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
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eli/es-vc/l/2018/06/07/15#art-99

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